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PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD GEIMCOL


1. OBJETIVO: Prevenir el contagio de COVID-19 o cualquier otro virus que altere el estado físico, mental y social de los trabajadores de la empresa.

2. ALCANCE: Este procedimiento esta dirigido a todo el personal que labora en la empresa.

3. DEFINICIONES:

3.1. Bioseguridad: La bioseguridad es un conjunto de normas preventivas y protocolos aplicables a l


a actividad que realiza la empresa, como la captación, venta, arriendos o asesoría legal y comercial a nuestros clientes.

3.2. COVID-19: La causa de la COVID-19 es la infección por el coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave, que

es un tipo de Orthocoronavirinae. Fue descubierto y aislado por primera vez en Wuhan, China, tras provocar la epidemia de enfermedad por coronavirus de 2019-2020.

3.3. Desinfección: Se denomina desinfección a un proceso químico que mata o erradica los microorganismos sin discriminación (Tales como agentes patógenos) al igual como las bacterias, virus y protozoos impidiendo el crecimiento de microorganismos patógenos en fase vegetativa que se encuentren en objetos inertes.

3.4. Higiene: La higiene es el conjunto de conocimientos y técnicas que aplican los individuos para el control de los factores que ejercen o pueden ejercer efectos nocivos sobre la salud.

La higiene personal es el concepto básico del aseo, de la limpieza y del cuidado del cuerpo humano.

4. DESCRIPCION

4.1 El cumplimiento del presente procedimiento es de carácter obligatorio, ya que se encuentra incluido en el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, como protocolo de prevención de riesgos biológicos a los que podemos estar expuestos durante la jornada laboral.

4.2. El incumplimiento del presente procedimiento es considerado como justa causa para la terminación del contrato laboral, como se establece en el Reglamento Interno de Trabajo y cláusulas contractuales.

4.3. A continuación se relacionan las actividades que debe realizar el personal administrativo, legal y comercial:

4.3.1. Salida de hogar: Al salir de la casa debe tener el cabello recogido, debe utilizar chaqueta o camisas de manga larga, pantalón, zapato cerrado, guantes, gafas de seguridad tipo industrial y tapa bocas.

4.3.2. Durante el desplazamiento debe mantener una distancia de por lo menos un metro de otras personas.

4.3.3. Cuando llegue a las instalaciones de la oficina donde presta servicios o labor, o cuando deba visitar a un cliente de inmobiliaria, debe seguir los siguientes protocolos establecidos para el lugar, los cuales deben contar con lo siguiente:

a) Desinfección antes de ingresar a las instalaciones rociando alcohol al setenta por ciento (70%) en las manos y las suelas del calzado con una mezcla de agua con hipoclorito de sodio.

b) Debe lavarse las manos por lo menos cada 3 horas, con agua y jabón.

c) Mantener 2 metros de distancia con el personal de las instalaciones.

d) Al visitar clientes debe usar guantes y a la salida retirárselos y debe guardarlos en una bolsa plástica.

e) Debe lavarse las manos antes de salir y desinfectar los zapatos.

f) Al llegar al lugar de residencia, debe retirar la ropa y dejarla en un recipiente plástico, cambiarse los zapatos, ducharse con agua y jabón, lavar muy bien especialmente las zonas expuestas y colocar ropa limpia.

4.4. Reporte de novedades en el estado de salud: Es obligatorio reportar al área de gestión humana y coordinador del área cualquier síntoma por mínimo que sea y más aún si está relacionado con TOS, DOLOR DE GARGANTA, DIFICULDAD RESPIRATORIA, DEBILIDAD y FIEBRE.

4.5. Debe descargar en el celular, la aplicación CORONAPP y registrar los datos sobre su estado de salud todos los días.

5. MEDIDAS DE HIGIENE EN LOS ESPACIOS DE TRABAJO


5.1. Realizar limpieza y desinfección diaria de todos los espacios de trabajo. Especialmente, de todas las superficies que pueden tener contacto con las manos en las instalaciones del espacio de trabajo. Repetir dicho procedimiento cada vez que se retiran los clientes.

5.2. Ventilar adecuadamente todos los ambientes.

5.3. Desinfectar los zapatos de todas aquellas personas que ingresen al local con un trapo humedecido con agua e hipoclorito de sodio.

6. MEDIDAS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO

No serán atendidos de manera presencial:

6.1. Adultos mayores de 60 años o más.

6.2. Personas con Factores de Riesgo: embarazadas, personas inmunodeprimidas, personas con antecedentes respiratorios (asma, bronquitis crónica, etc.), personas con antecedentes

cardíacos. Personas con diabetes, personas con insuficiencia renal y/o cualquier otra patología que pudiese incluirlos en este listado.

7. INCENTIVAR EL USO DE PLATAFORMAS DIGITALES DE BIENES Y SERVICIOS

Se incentivará la utilización de medios de pago digitales ya sea por Home Banking o la utilización de aplicaciones de pago digitales.

Asimismo, todos los trámites o procesos que puedan realizarse de manera virtual deberán hacerse de ese modo, acceso a portales inmobiliarios, aplicaciones de video conferencias, visitas de inmuebles virtuales, etc.

El compromiso de la empresa es incentivar esta metodología evitando al máximo todas las tareas y actividades presenciales. Para colaborar con la implementación del teletrabajo, se realizarán los instructivos correspondientes para compartir con el público en general y los equipos de trabajo.

8. MODALIDADES DE TRABAJO

Se establecerán cinco días por semana de atención al público en horario de 8 horas por jornada, con turno previo acordado para atención al cliente de forma virtual, telefónicamente o por plataforma digital para evitar el contacto entre más de dos personas.

9. HORARIOS

Se establece un horario de 8 horas diarias de atención al público, priorizando la reducción de la circulación de personas en horarios críticos.

10. RECOMENDACIONES VISUALES

Las oficinas y salones de atención al público o de concurrencia de personas, deberán contar

con información sobre las medidas de prevención y seguridad sanitaria, la que deberá incluir aspectos como aseo e higiene de manos, desinfección de superficies, ventilación de ambientes, manejo de la tos ante la presencia de síntomas de una infección respiratoria, entre otros aspectos.

Las recomendaciones visuales suelen ser de utilidad como recordatorios en todos los puntos de acceso a las instalaciones. Se sugiere su ubicación en lugares fácilmente visibles para el público general, pasajeros y visitantes.

11. PRESENCIA DE PÚBLICO Y DE TRABAJADORES EN SECTOR DE OFICINAS

En los espacios de circulación o espera de público se deberán aplicar las medidas que garanticen la seguridad sanitaria, disponiendo de acciones como:

11.1. Separación de sillas, deberá guardarse una distancia mínima de 2 metros entre cada una.

11.2. Asignación de turnos online para ingreso reducido de las personas.

11.3. Respetar la distancia de no menos de 2 metros entre personas.

11.4. Utilizar tapa boca y nariz.

11.5. Instalar separador (vidrio o material acrílico o similar) que oficie de división y protección entre el personal y el público en general.

11.6. Evitar siempre la aglomeración de personas.

11.7. Si se manipula documentos o dinero, realizar lavado de manos frecuente con agua y jabón neutro o higienizar manos con alcohol en gel, evitando el contacto de manos con ojos nariz y boca.

11.8. Se sugiere secado con toallas descartables y arrojarlas en un lugar seguro.

11.9. Poner a disposición alcohol y jabón para el lavado de manos. Al ingreso de cualquier persona al local, se le solicitará que higienice sus manos con alcohol en gel como primera medida.

12. ACTIVIDADES PRESENCIALES PERMITIDAS EN EL MARCO DE LA CUARENTENA

La atención permitida en forma presencial se limita exclusivamente a:

12.1. Pago y cobro de alquileres.

12.2. Firma de contratos.

12.3. Entrega de llaves.

12.4. Visitas presenciales en acuerdo previo del propietario.

13. ACTIVIDADES DE CARÁCTER OBLIGATORIO DE ATENCIÓN VIRTUAL

13.1. Turnos o definición de agenda de operaciones presenciales.

13.2. Envío y corrección de documentos previa a la firma de contratos.

13.3. Contacto con clientes para la visita virtual de inmuebles.

13.4. Actualización de plataforma virtual.

13.5. Instructivos a los clientes para la utilización de todas las plataformas o aplicaciones digitales disponibles para cumplir con la comunicación por medios virtuales.

13.6. Envío a los clientes de instructivo para el desarrollo de visitas presenciales.

14. AUTORIZACIÓN

Como establece Decreto 531 del 8 de abril de 2020, las personas sólo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables en los horarios y días definidos, alentando el uso de movilidad propia tanto para clientes como para quienes desarrollan tareas en la actividad.

Los mencionados deberán contar con una certificación (que defina la autoridad) que acredite su condición frente a la autoridad competente en el caso de ser requerido, atentos al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular.

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