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Asistencia Legal Para Arrendadores

Si estás arrendando directamente tu propiedad, necesitas leer esto...

La asistencia o seguro de Defensa Jurídica nace como respuesta a las necesidades de arrendadores o administradores de propiedad raíz  y su fin es hacerse cargo de los gastos por concepto de honorarios profesionales de abogado en que pueda incurrir el asegurado en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral y prestarle los servicios de Consultoría y Asesoría Jurídica Judicial o Extrajudicial según la cobertura del seguro.

 

Tiene una repercusión social importante ya que hace realidad la “igualdad de los hombres ante la Ley” al poner a su alcance los medios necesarios para la defensa de sus intereses sin tener que arriesgar bienes patrimoniales.  Es un hecho que los propietarios o administradores temen a los gastos de un proceso judicial que, en muchos casos, le dejan indefenso por falta de medios económicos que le permitan hacer frente al mismo.

 

 

PROPUESTA, OBJETO DE LA PÓLIZA

 

Mediante una póliza de Defensa Jurídica se llega, sin esfuerzo económico, a la protección de la mayoría de los litigios siempre que éstos no respondan a la voluntad del asegurado. El asegurado tiene derecho recurrir al abogado para que lo represente en cualquier clase de procedimiento que surja durante la vigencia del contrato de arrendamiento y  como  consecuencia de éste.

 

 

RESUMEN DE GARANTÍAS

 

Los gastos garantizados se resumen en:

 

  • Honorarios de abogado por concepto de Consultoría y Asesoría.

  • Gastos notariales de otorgamiento de poderes.

  • Requerimientos extrajudiciales al inquilino y demás actos necesarios en la defensa de los intereses del asegurado.

  • Marketing inmobiliario cuando el inmueble este desocupado.

  • Estudio del perfil de clientes y documentos.

  • Elaboración de contratos de arrendamiento.

  • Cobranza de cánones de arrendamiento, cuotas de administración, servicios públicos domiciliarios, etc.

  • Restitución de bienes arrendados.

 

 

 

 

 

 

VALOR DE LA PRIMA 

 

Para tener acceso a todos los beneficios que te acabamos de comentar tan solo harás una inversión equivalente al 4%  más IVA del valor del canon de arrendamiento del inmueble amparado.

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Permitenos tener el gusto de asesorarte sin ningun compromiso, llámanos o pulsa el botón y charlemos por whatsaap.

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